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Hoy, 12:29 AM

JNE confirma que César Acuña vulneró neutralidad electoral

Según el máximo tribunal electoral, el líder de APP y entonces gobernador de La Libertad, vulneró en dos ocasiones el principio de neutralidad electoral durante su gestión.

JNE confirma que César Acuña vulneró neutralidad electoral

Según el máximo tribunal electoral, el líder de APP y entonces gobernador de La Libertad, vulneró en dos ocasiones el principio de neutralidad electoral durante su gestión.




El Pleno del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) confirmó que el líder de Alianza para el Progreso (APP), César Acuña, vulneró el principio de neutralidad electoral en dos ocasiones durante su gestión como gobernador regional de La Libertad.

Según el máximo tribunal electoral, las infracciones se produjeron cuando Acuña emitió mensajes proselitistas en un mitin en Huancayo y participó en un pasacalle con fines políticos en Tumbes, con lo que habría buscado beneficiar a su agrupación política. Ambos casos fueron ratificados por el JNE tras ser previamente evaluados por los Jurados Electorales Especiales (JEE) correspondientes.

No obstante, el JNE revocó otras dos resoluciones de primera instancia que también señalaban supuestas faltas de neutralidad. En una de ellas se le atribuía responsabilidad solo por su condición de presidente, fundador y directivo de APP. Sin embargo, el colegiado aclaró que la sola pertenencia a un partido político no constituye, por sí misma, una infracción directa.

“Entenderlo de esa manera implicaría adoptar una interpretación rígida y literalista que afectaría de manera desproporcionada el derecho fundamental a la participación política”, señaló el JNE en su resolución.

ACCIÓN CONCRETA

En ese sentido, los magistrados precisaron que para determinar una infracción debe acreditarse una acción concreta que busque favorecer o perjudicar a una organización política. Asimismo, el JNE también revocó una resolución del JEE que acusaba a Acuña de haber mandado a realizar pintas a favor de su candidatura presidencial, al no encontrarse pruebas que corroboren dicha falta electoral.


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