El Tribunal Constitucional (TC) acordó admitir a trámite la demanda de conflicto competencial presentada el pasado 12 de septiembre por el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) contra el Poder Judicial. La controversia surge por la inscripción del partido político Unidad Popular, liderado por Duberlí Rodríguez, para las Elecciones 2026.
El organismo electoral, representado por el estudio Ghersi y su procurador público Ronald Angulo Zavaleta, sostiene que las resoluciones del Tercer Juzgado Especializado en lo Constitucional de Lima son "viciadas de incompetencia".
Alegatos y solicitudes
El JNE alega que el Poder Judicial ordenó establecer una excepción al cronograma electoral cuando algunas etapas ya habían precluido, lo que alteraría el proceso establecido. En el recurso, el JNE solicita que el TC declare que el Poder Judicial no es competente para modificar el cronograma electoral una vez precluidas sus etapas.
Además, pide que se reconozca su competencia exclusiva para mantener el Registro de Organizaciones Políticas, velar por el cumplimiento de normas electorales y administrar justicia en esta materia, según lo establecido en el artículo 178 de la Constitución.
Medida cautelar y antecedentes
El TC también admitió por mayoría la medida cautelar presentada por el JNE, que busca suspender los efectos de las resoluciones judiciales mientras se resuelve el conflicto competencial. El caso se originó cuando el Tercer Juzgado Constitucional de Lima ordenó al JNE inscribir a Unidad Popular en dos días hábiles, bajo apercibimiento de multa individual y progresiva.