El Tribunal Constitucional ordenó al Estado no aprobar normas que liberen de responsabilidad penal, civil o administrativa a los mineros informales del REINFO. Esta decisión incluye futuras prórrogas del régimen transitorio de formalización. La sentencia fue emitida tras declarar improcedente una demanda del Colegio de Abogados de Loreto.
El máximo intérprete de la Constitución advirtió que no puede haber impunidad penal frente a delitos ambientales. Según el TC, cualquier política pública que permita esto vulnera el derecho a un medio ambiente sano. Por ello, la exoneración de sanciones no puede formar parte de ninguna norma, sea temporal o permanente.
El TC también exhortó al Congreso y al Ejecutivo a crear un nuevo sistema de formalización minera. Este debe incluir a los mineros informales, concesionarios y comunidades afectadas. Además, alertó que la falta de avances podría agravar daños al ambiente, a poblaciones vulnerables y a la recaudación fiscal.
RESPALDO A LA DEMANDA
Cuatro magistrados (Francisco Morales, Gustavo Gutiérrez, César Ochoa y Pedro Hernández) votaron a favor del fallo, mientras que tres (Pacheco, Domínguez y Monteagudo) estuvieron en contra de declarar improcedente la demanda. Sin embargo, todos coincidieron en que no se debe permitir exoneración penal a quienes afectan el medio ambiente.