Política

Miércoles, 30 de agosto del 2023

Congreso: Impulsan normas para modificar exigencia por pensión de alimentos

Los congresistas Patricia Chirinos (Avanza País); Alejandro Muñante (Renovación Popular) y Paul Gutiérrez (Bloque Magisterial de Concertación Nacional), son los autores de estas leyes.

Foto: Andina



Desde el Congreso de la República, los congresistas Patricia Chirinos (Avanza País); Alejandro Muñante (Renovación Popular) y Paul Gutiérrez (Bloque Magisterial de Concertación Nacional), vienen impulsando leyes para modificar la norma sobre la obligación alimentaria de los padres con respecto de sus hijos, también llamado pensión de alimentos.

La propuesta del parlamentario Paul Gutiérrez, propone modificar el artículo 483 del Código Civil respecto a las causas para que los hijos puedan exigir la pensión de alimentos, así como incorporar motivos para la exoneración automática de esta obligación.

En ella se plantea que los papás no deberán pasar pensión alimenticia, por resolución judicial, cuando los hijos tengan pareja, tengan una carrera, notas con un promedio ponderado menor a 13 y cumplan 25 años.

La iniciativa de Alejandro Muñante busca "dotar de celeridad y simplicidad el proceso de exoneración de alimentos" cuando los hijos cumplan 28 años. En ese sentido, plantea modificar el artículo 424 del Código Civil para realizar una exoneración de la pensión alimentaria de forma exprés.

Es así que, cuando el hijo que viene siguiendo estudios exitosos de una profesión u oficio cumple 28 años, el obligado podrá solicitar ante el mismo juez la exoneración de la pensión. No obstante, los hijos solteros que no se encuentren en aptitud de atender a su subsistencia por incapacidad física o mental quedarán exceptuados de esta exoneración.

Además, en caso muera el hijo, el padre pueda solicitar la extinción de la pensión alimenticia mediante la presentación del acta de defunción.

PL DE PATRICIA CHIRINOS

La congresista Patricia Chirinos propone a través de su iniciativa reducir a edad para exigir la pensión de alimentos de 28 a 25 años y se incluyen causales para que los hijos no puedan recibirlo "por indignidad". En ese sentido, la pensión de alimentos es hasta los 25 años solo "si este lo necesitara por encontrarse cursando estudios de especialidad".

En tanto, serán excluidos de esta obligación los hijos mayores de edad que: Sean autores o cómplices de homicidio u delito grave, denuncias calumniosas contra los padres y tener sentencia firme en un proceso de violencia familiar en agravio del padre.


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