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Pedro Castillo: Inmovilización social obligatoria durante su gobierno es declarada inconstitucional

El TC resolvió que el toque de queda del 5 de abril de 2022 vulneró el derecho a la libertad de tránsito en Lima y Callao

Composición: Panamericana Digital



El Tribunal Constitucional (TC) ha dictaminado que la inmovilización social obligatoria impuesta por el Gobierno del expresidente Pedro Castillo el 5 de abril de 2022 fue inconstitucional.

La medida, que restringía la movilidad en Lima Metropolitana y el Callao desde las 2:00 a.m. hasta las 11:59 p.m., fue considerada una violación del derecho a la libertad de tránsito.

Esta decisión del TC surge luego de que se declarara fundada la demanda de habeas corpus presentada por Walter Gutiérrez, exdefensor del Pueblo.

MEDIDA INNECESARIA

La demanda estaba dirigida contra Castillo Terrones, el expremier Aníbal Torres, y los exministros José Luis Gavidia, Alfonso Chávarry y Félix Chero.

En su fallo, el TC argumentó que la medida de inmovilización social no era razonable ni proporcional, calificándola como "manifiestamente innecesaria o injustificada" dadas las circunstancias.

(Con información de Latina Noticias)


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