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Hace 4 horas

Nueva Ley de Nacionalidad: Conoce los nuevos requisitos para convertirse en peruano

La Ley N.º 32421 redefine los procedimientos para adquirir, renunciar o recuperar la nacionalidad, incorporando requisitos más estrictos y plazos definidos.

Nueva Ley de Nacionalidad: Conoce los nuevos requisitos para convertirse en peruano

La Ley N.º 32421 redefine los procedimientos para adquirir, renunciar o recuperar la nacionalidad, incorporando requisitos más estrictos y plazos definidos.




El Gobierno promulgó la Ley N.° 32421, que reemplaza la anterior Ley de Nacionalidad e introduce cambios clave en los procedimientos para adquirir, renunciar o recuperar la ciudadanía peruana. La norma indica que todas sus disposiciones “se interpretan de conformidad con la Constitución Política del Perú y con los tratados y acuerdos internacionales sobre derechos humanos ratificados por el Perú”. Puedes ingresar a este LINK para conocer más detalles de la nueva norma.

Según el nuevo marco legal, la nacionalidad puede obtenerse “por nacimiento” o “por voluntad”, esta última mediante naturalización, opción, doble nacionalidad, distinción meritoria o como deportista calificado. El Estado recalca que el trámite es “personalísimo” y que puede denegarse si el solicitante representa un riesgo para la seguridad nacional.

Principales requisitos para obtener la nacionalidad peruana por voluntad

Quienes deseen iniciar el proceso deberán cumplir, de manera general, con:

  • Capacidad jurídica plena para el goce y ejercicio de derechos.

  • Conocimiento del idioma castellano o de algún idioma oficial reconocido por la Constitución.

  • Conocimientos generales sobre historia, geografía, Constitución, arte, cultura y actualidad nacional.

  • Residencia migratoria mínima en el país, según la modalidad solicitada.

  • Calidad migratoria de residente vigente.

  • Ingresos económicos lícitos, que permitan solventar la estancia en Perú.

  • Ausencia de antecedentes policiales, penales o judiciales, tanto en Perú como en el extranjero.

  • No figurar en alertas internacionales que comprometan la seguridad o el orden público.

  • Documentación apostillada o legalizada y traducida al castellano, si corresponde.

  • Pasaporte vigente del país de origen (salvo excepciones reglamentadas).

El plazo máximo para resolver un trámite de nacionalización será de 18 meses, prorrogable excepcionalmente por seis meses más. La entrega del título o registro de nacionalidad se realiza en una ceremonia oficial, en la que el nuevo ciudadano deberá juramentar. A partir de ese momento, tendrá 60 días para tramitar su DNI; cumplido el plazo, se cancelará el carné de extranjería.


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