Desde este 20 de mayo los más de 8 millones de afiliados podrán enviar las solicitudes de desembolso de su fondo de pensiones por hasta S/20,600, según indica la resolución del procedimiento operativo de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS).
La solicitud se realizará por medio de la pagina www.solicitaretiroafp.pe en los horarios de lunes a viernes de 6:00 a.m. hasta las 6:00 p.m., a excepción de feriados.
INTANGIBILIDAD DE FONDOS
Sin embargo, hay dos situaciones en que el fondo está condicionado a la intangibilidad, tal como indica la ley promulgada por el Gobierno. De acuerdo a la autógrafa, los fondos mantienen su condición de intangible y no pueden ser objeto de descuento, compensación legal o contractual, embargo, retención o cualquier forma de afectación, sea por orden judicial o administrativa, sin distingo de la cuenta en la que hayan sido depositados.
Sin embargo, existe un caso donde no se protege de un descuento a los ahorros, pues en las retenciones judiciales o convencionales derivadas de las deudas alimentarias se puede privar al afiliado de retirar la totalidad de su fondo, tal como se indica en el artículo 3 de la ley que autoriza el retiro extraordinario y facultativo de los fondos de las AFP, en el punto 3.2.
“Lo señalado en el presente artículo no se aplica a las retenciones judiciales o convencionales derivadas de deudas alimentarias, hasta un máximo de 30% de lo retirado”, se lee en la mencionada ley.