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Viernes, 01 de julio del 2022

AFP y CTS: conozca cómo realizar el trámite para su retiro

Hoy 1 de julio, podrán realizar la solicitud de retiro de AFP aquellos peruanos cuyo último dígito de su DNI culmina en 3.

Foto: Infobae.



El Ejecutivo y el Congreso apoyaron la medida para que los afiliados a las AFP pudieran solicitar el retiro de sus fondos hasta por 4 UIT, es decir, el monto de S/.18,400.

Por medio de un cronograma establecido por la SBS, los afiliados a las AFP podrán solicitar el retiro de sus fondos según la fecha indicada. En el caso de hoy 1 de julio, corresponde a aquellos peruanos cuyo último dígito de su DNI culmina en 3.

¿CÓMO SABER EL SALDO EN MI AFP?

AFP Integra: Ingrese a la web www.afpintegra.pe/iniciar-sesion

Prima AFP: Ingrese a la web http://www.prima.com.pe/wcm/portal/PrimaAFP/inicio

AFP Hábitat: Ingrese a la web www.afphabitat.com.pe/mi-cuenta

Profuturo AFP: Ingrese a la web https://enlinea.profuturo.com.pe/zonaprivada/login

Cabe destacar que el desembolso se realizará en tres armadas: dos de 1 UIT y la tercera de 2 UIT (S/.9,200), en un plazo límite de 30 días contabilizadas luego de aprobada la solicitud de retiro de cada desembolso.

RETIRO DE MI CTS

El Parlamento aprobó el retiro del 100% de la compensación por tiempo de servicios (CTS) para que los ciudadanos puedan utilizar dicho dinero para afrontar la crisis económica generada por el coronavirus.

Este retiro podrá realizarse, de manera parcial o total, hasta el 31 de diciembre del 2023.
Los trabajadores que reciben este beneficio son:

1. Los trabajadores del régimen privado que laboran, en promedio, como mínimo, una jornada diaria de cuatro horas.
2. Los trabajadores de la pequeña empresa, a razón de 15 remuneraciones diarias por año completo de servicios con un máximo de 90 remuneraciones diarias.
3. Para los trabajadores del régimen agrario, la CTS se encuentra incluida dentro de la remuneración diaria a razón del 9.72% del sueldo básico. El trabajador también puede elegir que le sea abonada de manera diferenciada y semestral, como en el régimen laboral común.
4. Conforme a la Ley N° 31047 y el DS 009-2021-TR, tienen derecho al depósito de la CTS las trabajadoras del hogar que laboren una jornada mínima de cuatro horas diarias.

Con información de Peru.As.com


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