La Contraloría detectó una pérdida valorizada en S/ 2 261 460 en Sedapal debido a que funcionarios de dicha empresa del Estado pagaron irregularmente indemnizaciones por retiro de confianza a trabajadores que fueron designados directamente (sin concurso público de méritos) en cargos de confianza y de dirección.
Según el Informe de Control Especifico N° 16098-2023-CG/VICOS-SCE, cuyo período de evaluación va del 1 de enero de 2017 al 30 de abril de 2023, dichos pagos fueron justificados como “Indemnización especial según artículo 38 de la Ley N° 728” pese a no constituirse como despedidos arbitrarios.
DESIGNADOS DIRECTAMENTE
Al respecto, Ley de Productividad y Competitividad Laboral señala que un trabajador tiene derecho a la indemnización como única reparación por el daño sufrido solo si el despido es arbitrario, es decir, por no haberse expresado causa objetiva derivada de la conducta y/o capacidad del trabajador.
Sin embargo, este caso dicha ley no alcanzaba a los extrabajadores de Sedapal, ya que fueron designados directamente, por lo que el retiro de confianza o su remoción es una facultad discrecional de la entidad, entonces no generaba derecho de indemnización por despido arbitrario.