El Ministerio de Salud (Minsa) informó que tanto hospitales o clínicas que nieguen o condicionen la salud de una persona en una situación de emergencia serán multados con 2 millones 100 mil soles.
La Superintendencia Nacional de Salud (Susalud) recordó la Ley N° 27604, la cual establece que los centros de salud están obligados a brindar atención médica y quirúrgica en casos de emergencia, sin excepción alguna.
En esa línea indicaron que negarla es una infracción “muy grave” que puede llevar al cierre definitivo de las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (Ipress).
Asimismo, enfatizaron que los establecimientos de salud deben atender a todos los pacientes aunque no cuenten con seguro, tampoco pueden exigir o anteponer el pago de ningún trámite, ni siquiera deben pedir la presentación del DNI.
Se entiende como emergencia cualquier situación que suponga un riesgo para la vida y la salud de una persona; el parto es considerado una condición de emergencia, por lo que todo establecimiento de salud está obligado a prestar atención mientras subsista un peligro para la gestante o el niño.