Una sentencia emitida hace unos días por la Corte Suprema de Justicia ha generado inquietud, sobre todo en los trabajadores, pues presuntamente, los empleados podrán ser despedidos de inmediato por quedarse dormidos en horario de trabajo.
Al respecto, Fernando Varela, especialista en temas laborales, señaló que el fallo dictado por la Corte Suprema de Justicia, se refiere a un caso específico, con características singulares, que no necesariamente tiene que aplicarse a otros casos.
Sanciones anteriores del trabajador
Asimismo, el experto señaló que para un despido, además de dormir, se debe analizar otras cosas, daños causados por el trabajador a la empresa, si tiene sanciones anteriores, etc., así como las atenuantes, problemas de salud, personales, sus años de servicio, entre otras situaciones.
Criterio de razonabilidad
Resaltó además que todo despido es con aviso previo, no es inmediato como se está comentando, la empresa tiene que informarle con tiempo al trabajador, además debe aplicar el criterio de razonabilidad, para demostrar fehacientemente que el empleado incumple sus labores por dormir.