Buenos Días Perú

21/08/2018

Aprueban ley que permite a propietarios demandar a inquilinos morosos

Junta de propietarios de un condominio o edificio residencial, podrían demandar y hasta embargar a los inquilinos que se retrasen en pagar los servicios de mantenimiento.




El Congreso de la República aprobó en primera votación un proyecto de ley que permite a la junta de propietarios de un condominio o edificio residencial, demandar y hasta embargar a los inquilinos que se retrasen en pagar los servicios de mantenimiento.

Esta propuesta legislativa es impulsada por el congresista de Peruanos por el Kambio, Carlos Bruce.

"Actualmente las juntas de propietarios no tienen personalidad jurídica, ahora con esta ley son consideradas asociaciones sin fines de lucro, ahora tendrían la facultad de que si así lo disponen poder embargar al inquilino que no está al día en sus cuotas de mantenmiento del edificio", señaló el parlamentario.

Para que la cobranza de las cuotas de mantenimiento sea eficaz, se establecen como responsables solidarios al propietario y al inquilino del departamento y por eso deberán verificar con la junta de que no existen cuotas pendientes. Asimismo, las cuotas deberán pagarse aunque la vivienda no estuviera siendo habitada.

A los estudios de Buenos Días Perú llegó Crisólogo Cáceres, presidente de la Asociación Peruana de Consumidores y Usuarios (Aspec), quien opinó sobre la propuesta. Cáceres señaló que son responsables las personas que no pagan y a partir de los 3 meses se puede hacer que se haga efectivo el embargo de los bienes.

Estos pueden ser extrayendo bienes como (computadoras, televisores, equipos), embargo de cuentas o negocios. Por ello, recomendó que antes de alquilar un inmueble se debe verificar que no tengan deudas pendientes. El tiempo en que demore la demanda será de acuerdo al monto que se adeuda.


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