El Gobierno oficializó que el uso de la mascarilla será obligatorio únicamente en establecimientos de salud, en el transporte terrestre de personas y en espacios cerrados sin ventilación.
A través del Decreto Supremo Nº 063-2022-PCM, publicado en el diario El Peruano, detalla que en el caso de las personas que presenten síntomas respiratorios, será obligatorio contar con mascarilla KN95 o el cubrebocas quirúrgico de tres pliegues con una mascarilla comunitaria.
El reglamento especifica que, en el caso de las instituciones educativas, las mascarillas serán opcionales tanto para los estudiantes como para los docentes, siempre que se garantice una correcta ventilación de los ambientes.
Asimismo, indica que en restaurantes o espacios similares que sean cerrados sin ventilación alguna, las mascarillas podrán ser retiradas solo al momento de ingerir alimentos.
Estas medidas fueron adelantadas por el ministro de Salud, Jorge López, el último 22 de setiembre. López anunció en una conferencia de prensa que estas medidas entrarían en vigencia a partir de este sábado 1 de octubre.
Además, el decreto supremo señala que, en caso de infringir alguna de las disposiciones, se deberá pagar una multa. En caso no hagan efectivo el pago, entonces se le prohibirá realizar cualquier trámite ante entidades estatales.