24 Horas Edición Central

08/01/2026

¿Qué alcance podría tener la intervención de la CIDH en los casos como de Alfredo Barnechea?

Especialistas advierten que los fallos electorales son irrevisables y no pueden alterar el calendario vigente. El caso enfrenta obstáculos jurídicos tanto a nivel nacional como internacional.




La posibilidad de que el caso del ex candidato presidencial Alfredo Barnechea llegue al sistema interamericano ha reavivado el debate sobre los límites de la justicia supranacional en materia electoral. El abogado especialista en derecho electoral Juan Manuel Villalobos explicó que, aun cuando se presente un recurso ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), las resoluciones del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) son definitivas y no pueden ser modificadas ni por jueces nacionales ni por instancias internacionales, especialmente cuando el calendario electoral ya se encuentra en marcha.

Barnechea busca revertir la decisión del JNE que dejó fuera de la contienda electoral al partido Acción Popular. El órgano electoral resolvió declarar nulas las elecciones primarias de dicha agrupación tras detectar irregularidades en el padrón de delegados habilitados para votar, situación que, según la justicia electoral, vulneró las normas que rigen los procesos internos de los partidos políticos.

Límites legales y precedentes frente a instancias supranacionales

Sobre una eventual medida cautelar ante la CIDH, el exministro de Justicia y abogado constitucionalista Víctor García Toma precisó que esta vía no resulta procedente en la etapa actual. Indicó que primero deben agotarse todas las instancias internas, incluido el recurso de amparo presentado por Acción Popular ante el Poder Judicial en Lambayeque. Añadió que, incluso si se llegara a otorgar una medida desde una instancia supranacional, su ejecución sería inviable debido al avanzado estado del proceso electoral.

Villalobos recordó, además, que existen antecedentes en los que el JNE no acató resoluciones judiciales cuando estas afectaban los plazos electorales. Citó el caso de la inscripción del partido Unidad Popular, vinculado al exmagistrado Duberlí Rodríguez, en el que una orden judicial fue desestimada por el ente electoral al considerar que su cumplimiento alteraría el cronograma ya establecido.


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